Revoca TEPJF convocatoria y actos de asamblea comunitaria en Santa María Ixcotel

Revoca TEPJF convocatoria y actos de asamblea comunitaria en Santa María Ixcotel

En sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEOax), que había validado la convocatoria y los actos realizados durante la asamblea general comunitaria del 27 de abril de 2025 en Santa María Ixcotel.

La Sala declaró nula la convocatoria emitida por la Comisión Electoral local, al considerar que carecía de fundamentos legales y no fue consultada ni avalada por la autoridad competente. Por lo tanto, todos los acuerdos y cómputos derivados de dicha asamblea quedaron sin efecto.

Entre los actos invalidados se encuentra el supuesto nombramiento de Leticia Santiago Guendulain como agente municipal. El dictamen señala que su designación “no se ajusta a derecho”, motivo por el cual no puede ser reconocida oficialmente ni inscrita en el registro de autoridades auxiliares.

La resolución destacó que la Comisión Electoral local incumplió con los requisitos de imparcialidad y legalidad exigidos por la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado. Además, se vulneraron los principios de transparencia y la cadena de custodia de la documentación electoral. Finalmente, varios pobladores denunciaron que no fueron convocados formalmente a la asamblea, lo que representa una violación a su derecho de participación comunitaria. El TEPJF reiteró la necesidad de garantizar procesos democráticos legítimos y respetuosos de los principios legales vigentes.

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