Magistrados del desaparecido Consejo de la Judicatura obstruyen la justicia: Varela

“Los tres exconsejeros que están inconformes con la desaparición del Consejo de la Judicatura lo único que están haciendo es cometer actos irregulares y un daño terrible al Poder Judicial del Estado. Esas personas deben pensar por Oaxaca; hay que pensar en la justicia de Oaxaca. Ha habido eminentes jurisconsultos que han formado parte de la magistratura del TSJE y resulta que en la actualidad tenemos un serio conflicto que lo único que está demostrando a la luz pública es una serie de intereses personales que deben dejarse de lado”.

Así opinó el presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Derecho (CNLC), Miguel Ángel Varela Sánchez, quien externó que los exconsejeros del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial Estado (Alfredo Lagunas Rivera, representante del Poder Judicial; Leandra Ortega Ramírez, representante del Poder Ejecutivo y Rogelio Morales Cervantes, del Poder Legislativo), con su postura, “están cometiendo actos irregulares como la obstrucción de la  justicia, porque el  TSJE no está funcionando al cien por ciento”.

“El TSJE tiene una función principal: representa al Poder Judicial del Estado y el Poder Judicial del Estado tiene encomendada la función jurisdiccional, la solución de los conflictos que los particulares le presentan para su conocimiento. Al no contar con los organismos internos administrativos adecuados, pues esa labor se entorpece. Más aún cuando se crea confusión entre los mismos miembros del Poder Judicial al designar funcionarios paralelos con la misma función: unos designados por la Junta de Administración y otros por ese Consejo de la Judicatura que está prácticamente desaparecido”.

El doctor en derecho egresado de la UABJO, agrega: “Yo creo que el planteamiento que se hace por parte  de  los tres miembros del exConsejo de la Judicatura en contra del Presidente del TSJE y en contra de la Legislatura, más bien trata de resolver un conflicto interno del Poder Judicial del Estado, y eso hace que la controversia constitucional sea inviable porque debe haber conflicto entre poderes y no conflicto interno de poderes. Entonces, creo que las vías se han equivocado y esto ha llevado a más este problema interno del Tribunal, que lo único que está causando es desprestigio que no ha sido calculado por los  exconsejeros que están tratando de denostar la actuación del Poder Judicial del Estado”.

“El Consejo de la Judicatura en este momento, presenta una situación irregular, toda vez que existe un decreto de la Legislatura del Estado a través del cual desapareció ese organismo creándose la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial del Estado de Oaxaca al amparo de la nueva ley. En esas condiciones, el Consejo de la Judicatura ya no puede existir. Además, debemos de tomar en cuenta que se trata de un acto consumado y el acto consumado se da desde el momento en que la Legislatura expidió el decreto y se publicó en el Periódico Oficial en un uso de sus facultades de poder modificar la ley, ¿cuál es la ley que se  modifica?, pues la ley del Tribunal Superior de Justicia del Estado que tiene ese apartado relativo al Consejo de la Judicatura”, refiere.

Resolución tendrá que resolverse en la instancia federal

 “¿Por qué hablo yo de que se trata de acto consumado? Por la resolución que en la admisión de la controversia constitucional que fue presentada por los miembros del exConsejo de la Judicatura y por otros magistrados, integrantes del TSJE,  emitió el ministro Medina Mora, en el sentido de que no se podía conceder una suspensión provisional, habida cuenta de que el decreto ya había sido expedido, y al haber sido expedido, en ese momento ya era un acto consumado y el amparo no puede reparar actos consumados sino hasta el fondo, hasta que la resolución final del amparo así lo establezca”.

Finalmente, expresa: “Este conflicto se tendrá que resolver en instancia federal y que ahí se tendrán que aportar los elementos necesarios para determinar quién de los dos tiene la razón pero con objetividad y sobre todo con técnicas de litigación de amparo, de juicio de amparo”.

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