
Tribunal Electoral de Oaxaca da oxígeno al PUP y Mujer; pide al IEEPCO acatar la Constitución
El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ha revocado el acuerdo que previamente determinaba la pérdida de registro de los partidos políticos locales Unidad Popular (PUP) y Movimiento Unificador de Jóvenes en el Estado y sus Regiones (MUJER). Esta decisión se tomó tras considerar que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) incurrió en una omisión al no garantizar el derecho de audiencia a dichos partidos durante el procedimiento de pérdida de registro.
La resolución del TEEO se fundamenta en la jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la cual establece que el derecho de audiencia es un requisito indispensable en los procedimientos que puedan afectar de manera definitiva los derechos de un partido político. En consecuencia, el tribunal local ha ordenado al IEEPCO asegurar este derecho a los partidos Unidad Popular y MUJER, que habían perdido su registro tras las pasadas elecciones.
Específicamente, el 12 de enero de 2025, el IEEPCO había declarado la pérdida de registro de PUP y MUJER debido a que no alcanzaron el 3% de la votación válida requerida en las elecciones de diputaciones y concejalías. Esta determinación se basó en el artículo 116, fracción IV, de la Constitución Federal, que establece el límite porcentual para la conservación del registro de los partidos políticos locales.
A pesar de que la Constitución local reconoce la existencia de partidos políticos indígenas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha invalidado las normas que reducen el umbral de votación al 2% para estos partidos. Por lo tanto, el IEEPCO aplicó el umbral del 3% para todos los partidos, incluyendo aquellos con reconocimiento indígena.
Finalmente, el TEEO ha instruido al IEEPCO a garantizar el derecho de audiencia a los partidos afectados y, posteriormente, a emitir un nuevo acuerdo que se ajuste a la legalidad. Este proceso busca asegurar que se respeten los derechos de los partidos políticos y que las decisiones electorales se tomen conforme a la normativa vigente.

